Compartir
Secciones
Última Hora
Podcasts
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Herramientas
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
versión impresa
Redes Sociales

Arranca hoy oficialmente la precampaña electoral

Las elecciones serán celebradas en febrero y mayo del próximo año 2024

Expandir imagen
Arranca hoy oficialmente la precampaña electoral
Arranca precampaña de cara a las elecciones del 2024. (DIARIO LIBRE/ARCHIVO)

La precampaña electoral arranca oficialmente este domingo en todo el país, encontrando a los partidos inmersos en procesos de inscripción de sus candidatos  y en activismo político.

La Junta Central Electoral (JCE) emitió la proclama el pasado miércoles 28 de junio, en la que declaró que a partir del día 2 de julio del 2023 quedaba abierto el período de precampaña en las provincias, municipios y distritos municipales del país.    

De acuerdo a la Ley 33-18 de Partidos Políticos, la precampaña es el tiempo en el que las organizaciones realizan actividades y proselitismo internos de los precandidatos con el propósito de definir las candidaturas a cargos de elección popular.

La precampaña se inició con actividades de los principales partidos Revolucionario Moderno (PRM), de la Liberación Dominicana (PLD) y Fuerza del Pueblo.

El PRM se encuentra inmerso en la inscripción de los precandidatos a cargos electivos, cuyo proceso culmina este domingo. Las inscripciones se llevan a cabo en todo el país en horario de 9:00 a 5:00 de la tarde.

En igual situación está el PLD que también culmina hoy su jornada de inscripción de precandidatos.  A ello suman la celebración de encuentros de la denominada Secretaría General Intinerante, en los municipios Mamey, Guananico y Altamira de Puerto Plata.

Asimismo, este domingo realizaran una marcha en Los Alcarrizos, encabezada por su candidato presidencial, Abel Martínez, a partir de las 4:00 de la tarde.

La Fuerza del Pueblo tiene hoy un encuentro con su presidente Leonel Fernández, en el bajo techo Fernando Teruel, en La Vega, a las 10:00 de la mañana

De la proclama

La JCE declaró en la proclama que "a partir del día 2 de julio del 2023 queda abierto el período de precampaña en las provincias, municipios y distritos municipales del país, para todos los aspirantes a precandidaturas a cargos de elección popular que participarán en las elecciones internas de sus respectivas organizaciones".

Además fijó en 10, la cantidad de precandidatos  que por partidos pueden aspirar a las candidaturas: presidencial, senadurías, alcaldías y direcciones de distritos municipales, en el caso de las diputaciones, regidurías y vocalías serían 3 por cada una de las posiciones electivas.

Los aspirantes a cargos electivos deberán someterse al régimen de tope de gastos establecidos en la Ley 33-18, que contempla una declaración en la que identifique el origen de los recursos y la forma de gasto.  

Las actividades permitidas

  • La participación de los candidatos y sus voceros, por invitación o por iniciativa propia, ante los medios de comunicación: Prensa, radial, televisiva y otros sistemas electrónicos.
  • Las reuniones en recintos cerrados, visitas casa por casa, encuentros y otros tipos de actividades similares, siempre que involucren a militantes y simpatizantes del partido, agrupación o movimiento político que sustentan las candidaturas.
  • La producción y uso individual de materiales de propaganda de tipo personal, tales como camisetas, gorras, banderas, distintivos, adhesivos y cintas.
  • La divulgación de mensajes transmitidos por diferentes vías, tales como teléfonos, facsímiles, correo, internet y otros medios de comunicación digital, (modificado mediante sentencia TC/0052/22, del Tribunal Constitucional). La transmisión de mensajes vía llamadas telefónicas solo podría realizarse de ocho de la mañana a ocho de la noche (8.00 a. m. a 8.00 p. m.)

Las actividades prohibidas

  • La pintura de las calles, aceras, contenes, postes del tendido eléctrico, árboles, así como de cualquier propiedad pública, con los colores, emblemas o símbolos del candidato o el partido, agrupación o movimiento político que lo sustenta.
  • Los afiches, vallas, cruza calles, calcomanías, adhesivos, distintivos, murales, altoparlante (disco light) y cualquier otro medio de publicidad partidaria, que no se coloque acorde con lo establecido en la ley o que no se coloque en los locales de los partidos, agrupaciones o movimientos políticos.
  • El uso de pintura o afiches no removibles, a menos que se coloquen en los locales y propiedades de los partidos, movimientos y agrupaciones políticas.
  • Toda propaganda política que se fundamente, haga referencia o pueda percibirse de manera negativa, irrespetuosa o contraria a los principios, costumbres y valores culturales de la comunidad local, regional o nacional, en el orden religioso, racial, de preferencia sexual, o de cualquier otra naturaleza que contravenga las buenas costumbres.
  • La propaganda que perjudique la estética urbana, dañe el medio ambiente y los recursos naturales, o contravenga las disposiciones sobre ornato municipal.
  • La promoción política a través de mensajes publicitarios colocados y transmitidos por los diferentes medios de comunicación radial y televisiva.
  • Hacer referencia o uso de la imagen de la o el precandidato en nombre de entidades públicas o privadas a las que pertenece o represente. No se permitirá la propaganda anónima o la publicación en los medios de comunicación que no estén avaladas por firma responsable.
TEMAS -

Periodista dominicana, uasdiana, escribe sobre política, elecciones y más.