Compartir
Secciones
Última Hora
Podcasts
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Herramientas
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
versión impresa
Redes Sociales
Regimen Electoral
Regimen Electoral

Abinader promulga ley Orgánica de Régimen Electoral

La pieza fue aprobada en la Cámara de Diputados el 13 de febrero, días después de que lo hiciera el Senado

Expandir imagen
Abinader promulga ley Orgánica de Régimen Electoral
Palacio Nacional. (FUENTE EXTERNA)

El presidente de la República, Luis Abinader, promulgó la noche de este domingo la Ley 20-23, Orgánica de Régimen Electoral, a través de la cual busca regular el ejercicio del derecho de la ciudadanía a elegir y ser elegible, además de establecer el procedimiento y desarrollo del proceso electoral.

En la ley Electoral se destaca la implementación de un sistema de consecuencias por exceder el tope de los gastos de campaña, la creación de la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de Crímenes y Delitos Electorales, entre otros importantes aspectos.

El artículo 4 trata de los principios rectores del proceso electoral, dentro de los que se resalta la participación, que habla sobre la oportunidad de los ciudadanos y personas de intervenir y accionar en una sociedad, dándoles la posibilidad de influir en la confección de los poderes públicos.

Además, la Ley 20-23 fortalece el papel de la Junta Central Electoral (JCE) garantizaría derechos políticos, sancionaría la violación de topes de gastos de campaña, crearía una Procuraduría Especializada para Perseguir Delitos y Crímenes Electorales y permitiría el escrutinio automatizado.

De excederse el 5 % en los topes de gastos de campaña, un candidato pagaría una multa de tres veces el monto excedido. También, eliminaría yerros constitucionales.

Contra el transfuguismo

El artículo 140 habla sobre el transfuguismo, que señala que las personas que hayan sido nominadas para ser postuladas por un partido, agrupación, movimiento político o alianza a la cual pertenezca el mismo, a un cargo de elección, no podrán ser postuladas por ningún otro partido, agrupación, movimiento político o alianza, en el mismo proceso electoral.

El 142, sobre la equidad de género, señala que las nominaciones y propuestas de candidaturas a diputados, regidores y vocales, se regirán por el principio de equidad de género, por lo que éstas deberán estar integradas de acuerdo a lo establecido en la ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos por no menos de un 40 % ni más de un sesenta por ciento (60%) de hombres y mujeres de la propuesta nacional.

La ley fue aprobada el pasado 1 y 13 de febrero en el Senado de la República y Cámara de Diputados, respectivamente. 

Hubo intensos debates entre la oposición y el oficialismo, puesto que la primera señalaba que debía haber sanciones contra el transfuguismo. 

TEMAS -

Periódico líder de República Dominicana centrado en las noticias generales y el periodismo innovador.