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PRM y PLD presentaron observaciones a la JCE sobre reglamento que crea unidad sancionadora

Los partidos piden que se modifiquen algunos artículos del reglamento

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PRM y PLD presentaron observaciones a la JCE sobre reglamento que crea unidad sancionadora
El pasado 10 de noviembre la JCE realizó una audiencia pública con los partidos. (FOTO. ARCHIVO DIARIO LIBRE)

Los partidos Revolucionario Moderno (PRM) y de la Liberación Dominicana (PLD) depositaron sus observaciones a la propuesta de reglamento que crea una unidad sancionadora, aprobada por el Pleno de la Junta Central Electoral y para lo que otorgó 11 días hábiles de plazo a las organizaciones políticas reconocidas.

Dicha unidad de Atención, Seguimiento y Mecanismos de Ejecución de las sanciones con ocasión de las infracciones administrativas y electorales fue creada en la sesión del 23 de febrero por el Pleno de la JCE. En esta se establece una serie de mecanismos sancionatorios a los partidos y movimientos que incurran en acciones que vayan en detrimento de las leyes de partidos y las resoluciones emitidas por ese organismo. 

Dicho plazo venció este pasado 21 de noviembre.

Lo que planteó el PRM

Entre las observaciones de derecho enviadas por el PRM el partido oficialista considera que se deben realizar unas modificaciones a los artículos 3, 4 y 21 del reglamento para que sean excluidas de las consideraciones los artículos 25 y 78 de la Ley 33-18 “pues no contempla competencia al órgano administrativo electoral”.

“Los referidos articulados hacen referencia a prohibiciones (artículo 25), y a medidas de privatización de libertad (artículo 78)”, expone la comunicación remitida a la JCE.

Otra observación hecha por el PRM es en lo concerniente a la designación del director y de los subdirectores y es que esta se haga en consenso con las organizaciones políticas, “en un proceso parecido a la Dirección Nacional de Elecciones y la Dirección de Informática”.  

“Además del punto planteado, encontramos que en el borrador del reglamento no se especifica la independencia y conexión de la Unidad (como órgano instructor), pues hace referencia al pleno y a la Presidencia, y es preciso que se aplique la separación de poderes del instructor y el sancionador”, se indica.

Las consideraciones del partido oficialista establecen que se debe “poner especial atención” al párrafo del artículo 14 sobre el alcance de las medidas cautelares para evitar “duplicidad de funciones e intromisión en las atribuciones” entre el Tribunal Superior Electoral y las Juntas Electorales.  

“El presente borrador de reglamento es necesario para el fiel cumplimiento del ejercicio de los derechos políticos electorales. Sin embargo, el mismos debe estar amparado por la Constitución de la República, las leyes electorales las normas de derecho administrativo, las decisiones del órgano rector constitucional, así como el Tribunal Contencioso Electoral por la vía difusa, por lo cual, solicitamos cortésmente que sean tomadas en cuanta nuestras observaciones y sugerencia”, finaliza el comunicado con las observaciones del gobernante parido PRM.

Escrito del PLD

El PLD señala en la comunicación enviada a la JCE que, pese a que “el régimen sancionador que establece la legislación dominicana se encuentra estructurado en base a un esquema de distribución de competencia, donde las infracciones administrativas electorales conciernen a la JCE y los delitos y crímenes electorales a los tribunales penales ordinario del Poder Judicial”, dichas infracciones administrativas se refieren a la organización del proceso electoral o los que están a cargo el organismo electoral.

La organización partidaria señala que la “JCE no está facultada para agregar, por vía reglamentaria, nuevas infracciones electorales, ni mucho menos aplicar una sanción distinta a la que el legislador ha establecido en la norma”, limitándose estas a las del artículo 280, así como la adopción de medidas cautelares que menciona el artículo 277 de la citada ley”.  

El PLD destaca que “resulta relevante y útil” el hecho de que el reglamento administrativo sancionador propuesto por la JCE “pretende” aplicar sanciones a única instancia “en cámara de consejo sin la celebración de audiencias orales” lo cual catalogaron como contradictorias y sin las garantías de derechos fundamentales.

“De aprobarse el reglamento administrativo sancionador como ha sido propuesto, estaríamos en presencia de una contrarreforma al diseño constitucional del constituyente del año 2010, quien creó dos órganos constitucionales autónomos”, especifica el partido.

Las conclusiones de la comunicación establecen que el PLD se “acoge de manera parcial” al proyecto de reglamento presentado por la JCE “única y exclusivamente en lo relativo a la aplicación de las medidas cautelares contempladas en los artículos 277 al 280, en virtud del artículo 171, todos de la Ley 15-19 de Régimen Electoral".

El PLD rechazó y objetó las demás partes del proyecto del reglamento, específicamente en lo relativo al artículo 25 y 78 de la Ley 33-18, “por ser competencia exclusiva del Tribunal Superior Electoral, por las Juntas Electorales en el ámbito contencioso electoral y de las oficinas de Coordinación Logística del Exterior”.

“La Junta Central Electoral no puede ser juez y parte que organice, dirija, supervise y sancione todo el proceso electoral, como si se tratara de un sistema electoral totalmente concentrado”, señala la comunicación del PLD.

El pasado 10 de noviembre la JCE realizó una audiencia pública con los partidos y movimientos políticos donde socializaron el borrador que contiene las sanciones administrativas para esas organizaciones que incurran en actividades fuera de la ley.

De acuerdo a lo que establece el borrador a la unidad sancionadora le corresponde darle el curso a las denuncias que sean depositadas ante la JCE por posibles infracciones administrativas electorales.

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Licenciada en Comunicación Social, egresada de la UASD y periodista en Diario Libre.