JCE conforma el personal de 58 Juntas Electorales
En el caso del Distrito Nacional resultó electo como presidente, Santo Inocencio Mercedes Bastardo
El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) decidió a unanimidad de votos aprobar la resolución 11-22 que dispone la conformación de los miembros titulares y suplentes de 58 Juntas Electorales en todo el territorio de la República Dominicana para las elecciones del año 2024.
Esta elección se hizo tras la conclusión del cronograma de visitas que hizo el órgano para escuchar las propuestas y sugerencias de los partidos políticos, la sociedad, civil, las iglesias y gremios de profesionales en los 158 municipios del país, encabezadas por el presidente de la institución, Román Andrés Jáquez Liranzo y los miembros del Pleno, los magistrados Rafael Vallejo Santelises, Dolores Fernández Sánchez, Patricia Lorenzo Paniagua y Samir Rafael Chami Isa, este último, coordinador de la Comisión de Juntas Electorales.
Cada una de estas 58 Juntas Electorales está conformada por nueve miembros titulares y suplentes, excepto el Distrito Nacional que cuenta con 15 para un total de 528 representantes.
En total el Pleno recibió unas 2,323 solicitudes de distintas áreas del saber cómo abogados, maestros, agrónomos, médicos e ingenieros.
En el caso del Distrito Nacional resultó electo como presidente, quien fuera el primer miembro suplente, Santo Inocencio Mercedes Bastardo.
En Santiago de los Caballeros presidirá Jaime Tomas Frías Carela; en Santo Domingo Este, Argenys Matos Feliz; en Santo Domingo Norte, Luis Roberto Wallace Rodríguez y en Santo Domingo Oeste, Máximo Martínez de la Cruz.
Las personas que han sido designadas e indicadas en la resolución, deberán cursar el programa de formación y capacitación coordinado por la Escuela Nacional de Formación Electoral y del Estado Civil (EFEC) de la Junta Central Electoral.
La JCE informa a la ciudadanía y a los Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos reconocidos que, disponen de un plazo de diez (10) días hábiles para ejercer su derecho a presentar las impugnaciones a los miembros titulares y suplentes elegidos.