Poder Ejecutivo deposita en el Congreso proyecto de ley del Ministerio de Justicia
La pieza crea y organiza la estructura y funciones del Ministerio de Justicia, el cual se configura como un órgano de planificación, dirección, coordinación y ejecución de las atribuciones delegadas por la Constitución
El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, depositó este miércoles en manos del presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, el proyecto de ley para el fortalecimiento del sistema de justicia que crea el Ministerio de Justicia.
La iniciativa fue anunciada por el presidente Luis Abinader, el pasado 26 de octubre de 2022, durante el acto conmemorativo del 32° aniversario de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus). Desde ese momento, desde el Poder Ejecutivo se coordinaron varias rondas de diálogo con los órganos del sistema de justicia y otras instituciones públicas, las escuelas de derecho de las distintas universidades del país, los representantes de gremios empresariales y la organización civil organizada, así como con un amplio grupo de abogados especialistas.
Un comunicado de prensa señala que el proyecto crea y organiza la estructura y funciones del Ministerio de Justicia, el cual se configura como un órgano de planificación, dirección, coordinación y ejecución de las atribuciones delegadas por la Constitución y las leyes al Poder Ejecutivo para la colaboración funcional y administrativa al Sistema de Justicia, la representación judicial y extrajudicial del Estado y la Administración Pública y la coordinación del Sistema Nacional de Derechos Humanos y el Sistema Penitenciario y Correccional.
El consultor jurídico manifestó que esta iniciativa responde a la necesidad institucional que el país arrastra desde hace años de delimitar las atribuciones de persecución criminal, naturales al Ministerio Público, de ciertos servicios meramente funcionales y administrativos, tales como la gestión del sistema penitenciario, el auxilio científico forense a los tribunales y órganos de investigación y el registro y la certificación de documentos oficiales y notariales, funciones todas que deberían concernir más bien a un órgano creado para tales fines, como es el Ministerio de Justicia.
Agregó que el Ministerio de Justicia formó parte de la estructura estatal dominicana durante los primeros 120 años de la República, con breves períodos de interrupción, desde la proclamación de la Constitución de San Cristóbal, el 6 de noviembre de 1844, y hasta la promulgación de la Ley núm. 485, el 10 de diciembre de 1964, última2 ocasión en la que se suprimió la referida institución.
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De su lado, el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco definió este proyecto como importante y trascendental.
Consideró que el proyecto de ley que crea el Ministerio de Justicia cambiará la situación de ciertos aspectos que le son otorgados a la Procuraduría General de la República.
Acompañó al consultor Jurídico parte del equipo que participó en la elaboración del proyecto de ley, incluyendo el subconsultor jurídico Pedro Montilla Castillo, el director de proyectos jurídicos especiales del Poder Ejecutivo, Noel Sued Canahuate, y la abogada Vianca Castillo.
Reintroducción del proyecto de ley contra la ciberdelincuencia
Los representantes de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo también depositaron ante la Cámara de Diputados la nueva versión del proyecto de ley contra la ciberdelincuencia, cuyo objeto es lograr la prevención, persecución y sanción de los delitos cometidos en detrimento de los sistemas que utilizan tecnologías de la información y comunicación, así como los cometidos mediante el uso de tales tecnologías en contra de personas físicas o jurídicas.
El Poder Ejecutivo retiró de la Cámara de Diputados una primera propuesta del proyecto de ley, el pasado 4 de julio de 2022, con el propósito de que fuera estudiado por la comisión consultiva para la revisión y actualización de la legislación sobre la libertad de expresión, creada mediante el Decreto núm. 333-22.
La referida comisión recomendó eliminar de la versión original los artículos 17, 18 y 19, referentes a los ciberdelitos de discriminación, difamación e injuria, los cuales efectivamente quedaron fuera de la versión reintroducida el día de hoy.
Esta pieza legislativa derogaría de manera total la Ley núm. 53-07 sobre crímenes y delitos de alta tecnología, la cual regula la materia en el presente.