Auditoría al Metro: dos empresas iniciaron trabajos antes de contratación y cuatro tienen adendas que sobrepasan la ley
La Opret realizó pagos por encima de lo establecido por un monto RD$7,832,844, según el informe de la Cámara de Cuentas
El informe de la Cámara de Cuentas sobre la auditoría a la construcción del Metro de Santo Domingo de la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (Opret) durante la gestión de Diandino Peña señala presuntas irregularidades, entre estas el inicio de los trabajos por parte de dos empresas previos a la realización del proceso de contratación y sin contrato entre las partes y que otras cuatro empresas tuvieron adendas a contratos que sobrepasan el 25 % establecido por ley.
La auditoría indica que la Opret suscribió contratos de adendas que exceden el 25 % del contrato original, por el monto de RD$227,180,252.
“Según informe detallado de pagos y cubicaciones, de un total de 197 obras evaluadas, cuatro de las obras examinadas presentaron la condición antes citada, los porcentajes incrementados fluctúan desde 30 % hasta un 52 %, lo cual vulnera lo establecido en la Ley no 340-06”, indica.
La auditoría muestra un cuadro con las obras que presentan esta condición:
Según la auditoría, el contrato 01-012/2014 con la contratista Construcción Estrella Taveras SRL. tiene un monto de contrato original de RD$212,075,154 y el de la adenda es de RD$95,629,190 para un porcentaje de 45.09 %.
El informe indica que otro contrato, el 01-102/2013 con la contratista Construcción Estrella Taveras SRL. “tiene un monto de contrato original de RD$197,248,817 y el monto de adenda es RD$102,750,446 para un porcentaje de 52.09 %”.
Según la auditoría, el contrato 01-136/2013 con la contratista Constructora J.F., S.A, el monto original fue de RD$204,373,684 y de adenda fue RD$80,120,134 para un 39.20 %.
El informe asegura que el contrato 01-035/2014 con la contratista Consorcio Malespin- Cocimar–Pretedosa tiene un contrato original de RD$1,896,342,731 y un monto de adenda de RD$576,190,578, para un porcentaje de 30.38 %.
“El Decreto 543-12 que establece el Reglamento de la Ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, de fecha 6 de septiembre de 2012, en su Capítulo VIII Facultades y Obligaciones, artículo 127, establece lo siguiente: ‘Causales de Modificaciones y Suspensión del Contrato: La entidad contratante podrá modificar, disminuir o aumentar hasta un 25 % del monto del Contrato original de obra y hasta un 50 % en el caso contratación de servicios, siempre y cuando se mantenga el objeto de la contratación, cuando se presenten circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el proceso de contratación, y esa sea la única forma de satisfacer plenamente el interés público”, explica.
Recomendación
El informe establece que al director ejecutivo de la Opret le compete, garantizar e instruir al departamento legal para que no se suscriban contratos de adendas que incumplan con el 25 % establecido en el decreto 543-12, del Reglamento de la ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.
Trabajos previos a contratación
El informe señala que se comprobó la existencia de documentos que indican el inicio y ejecución de los trabajos de dos empresas sin que la entidad hubiese dado inicio al proceso de contratación, por lo que los mismos comenzaron a ejecutarse sin que existiera contrato entre las partes. Se trata de las empresas Atteco y Pretedosa.
Atteco
En el caso de Atteco, la auditoría destaca el contrato número 03-039/2013, firmado en fecha 1 de agosto de 2013, por un monto de RD$365,800,000, luego de haberse efectuado el proceso de contratación LPN-032-12, Fase. II-C, de fecha 4 de julio de 2013, para la contratación de: “Estudios y diseños base de la línea 3 y la prolongación de la línea 2-B”, en el mismo orden el acta de inicio indica que la obra comenzó el 10 de septiembre del mismo año”.
En tanto, indicó que “mediante la revisión de la documentación provista por la Opret referente a los estudios realizados se pudo constatar que la empresa contratista dio inicio a la toma de muestra para los estudios geotécnicos el 8 de junio de 2013, fecha previa a la firma del contrato y al proceso de contratación”.
Pretedosa
En el caso de Pretedosa, la auditoría destaca el contrato no.01-002/2016, suscrito en fecha 11 de enero de 2016, entre la Opret y la empresa por un monto de RD$235,558,541, luego de haberse efectuado el proceso de compra LR-PU-005-2015 para la contratación de “Construcción de estribo 1, muro de contención entre las pilas 2 y 4 y tablero de acceso lado oeste del puente atirantado sobre el río Ozama, línea 2-B del Metro de Santo Domingo”.
“A su vez el acta de inicio indica que los trabajos comenzaron el mismo día de la firma del contrato. Sin embargo, mediante la revisión de los soportes que acompañan la cubicación n.° 6 de cierre, se observaron documentos que indican que las actividades concernientes al estribo I, la pila 2, el muro de contención y el tramo de acceso al puente se estaban ejecutando desde el año 2015”.
La Cámara de Cuentas establece que no obstante de que existen documentaciones que evidencian que ambas empresas comenzaron a ejecutar los trabajos previos al inicio de la firma de los contratos, las actas de adjudicación hacen referencia a que los procesos de compras se efectuaron agotando todos los pasos que establece la ley 340-06.
Verificar
La auditoría sostuvo que al director ejecutivo de la Opret compete garantizar que las licitaciones se ejecuten de conformidad a la ley 340-06 y que la dirección Técnica antes de que se inicien los trabajos de un proyecto verifique que el contratista haya sido adjudicado por los medios correspondientes para la ejecución de este y que a su vez se haya cumplido con los acuerdos legales, entiéndase, contrato entre las partes y fianzas pertinentes acorde lo establecido por ley.
Pagos superiores al monto contratado
La auditoría establece que la Opret realizó pagos por encima del monto establecido en los contratos de obras por un monto ascendente a RD$7,832,844, sin que se evidenciara adenda que justifique esos pagos.
Según la auditoría (explicado en el siguiente cuadro), estos pagos habrían sido realizados a cinco contratistas de la siguiente manera:
Auditoría
La Cámara de Cuentas publicó este jueves el informe sobre la auditoría a la construcción del Metro de Santo Domingo de la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (Opret) durante la gestión de Diandino Peña que abarcó el período comprendido entre el primero de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2017.
El informe de la Cámara de Cuentas recomendó al Ministerio Público ejercer la acción penal en este caso.
“Procede informar al Ministerio Público para que ejerza las atribuciones que le confiere el artículo 169 de la Constitución, en su calidad de órgano con el monopolio de la acción penal pública”, indica el informe de la auditoría en sus coclusiones jurídicas.
Específicamente el artículo 169 de la Constitución indica que “el Ministerio Público es el órgano del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, dirige la investigación penal y ejerce la acción pública en representación de la sociedad”.