Proyecto de ley busca dar prisión y multa a indocumentados reincidentes en RD
El proyecto del senador Gómez establece que será “sancionado con el doble de la pena impuesta con anterioridad, toda persona que después de ser condenada por reingreso ilegal a la República Dominicana ingrese nuevamente sin haber obtenido la autorización
El proyecto de modificación de la Ley General de Migración 285-04, de la autoría del senador Carlos Gómez, procura definir y sancionar el ingreso ilegal de extranjeros al territorio dominicano en el entendido de que la regulación y control migratorio en el país es un derecho inalienable y soberano del Estado, por lo que el gobierno debe orientar su política migratoria hacia el fortalecimiento de la entrada legal de extranjeros y al control de la inmigración irregular.
Las condiciones de entrada, permanencia y salida de los extranjeros en el territorio nacional, así como las de salida y retorno de nacionales desde o hacia el territorio nacional se encuentran establecidas en la Ley General de Migración y en el reglamento de aplicación de dicha legislación.
Una nota de prensa del legislador de la provincia Espaillat, Carlos Gómez, establece en los considerandos de la iniciativa, que “la presencia de los extranjeros en territorio nacional se regula con la finalidad de que todos tengan que estar bajo condición de legalidad en el país”, además que “las condiciones de entrada, permanencia y salida de los extranjeros en el territorio nacional, así como las de salida y retorno de nacionales desde o hacia el territorio nacional se encuentran establecidas en la Ley General de Migración y en el reglamento de aplicación de dicha legislación”
El proyecto de modificación de ley establece como reingreso ilegal “cuando cualquier extranjero ingrese, intente ingresar o se encuentre en cualquier momento en territorio de la República Dominicana sin la aprobación de las autoridades correspondientes después de que se le ha negado la admisión, sea expulsado, deportado o ha salido del país mientras existía una orden de expulsión o deportación pendiente”.
Considera, además, como delito el reingreso ilegal de un extranjero a la República Dominicana, cuando éste ha sido objeto de un proceso de inadmisión, deportación y expulsión del territorio dominicano, sin tener la debida autorización de los organismos competentes, sancionando, conforme a evaluación de las circunstancias que dieron lugar a la inadmisión, deportación y expulsión del territorio dominicano, y tomando en consideración si la persona que reingrese de manera ilegal posee o no antecedentes penales en la República Dominicana, con multas que van desde dos hasta cien salarios mínimos y/o prisión de quince días hasta cinco años.
En el caso de que la persona que reingresa de manera ilegal no posea antecedentes penales, será sancionada con multas que van desde dos a veinte salarios mínimos del sector público o con prisión de quince a noventa días de prisión, pudiendo imponerse ambas penas a la vez.
En el caso de que un extranjero, sin la aprobación de los organismos correspondientes, después de ser condenado por la comisión de un delito o crimen que dio origen a la deportación o expulsión, reingrese de manera ilegal a la República Dominicana, será sancionado con multas que oscilan entre los diez a cien salarios del sector público o prisión de dos años a diez años de prisión, o ambas penas a la vez.
El proyecto del senador Gómez establece que será “sancionado con el doble de la pena impuesta con anterioridad, toda persona que después de ser condenada por reingreso ilegal a la República Dominicana ingrese nuevamente sin haber obtenido la autorización de las autoridades correspondientes.”