¿La salida de Danilo Medina en visita sorpresa indica una reapertura del país?
El mandatario tiene hasta este martes 12 de mayo para solicitar una tercera extensión del estado de emergencia
La salida del presidente Danilo Medina el pasado domingo retomando sus visitas sorpresa dominicales en el sector La Zurza, puede ser el indicativo de que se inicia una reapertura gradual del país hacia la normalidad dentro de el estado de emergencia que se ha vivido desde el 19 de marzo por la pandemia de COVID-19.
El mandatario tiene como plazo legal hasta este martes 12 de mayo para solicitar una tercera extensión del estado de emergencia.
El artículo 28 de la Ley 21-18 sobre regulación de los Estados de Excepción establece que, “en caso de que persistan las causas que dieron lugar a la declaratoria del estado de excepción, el Poder Ejecutivo podrá solicitar al Congreso Nacional, cuantas veces sea necesario, la prórroga del estado de excepción, con cinco días de antelación a la finalización del período originalmente establecido”.
Ayer, el ministro de Salud Pública, Rafael Sánchez Cárdenas, afirmó que la "inmunidad de rebaño" a la que llegue la población permitirá una apertura total cuando el COVID-19 se convierta en una enfermedad más de las que están controladas.
"El número de casos positivos que van desarrollando su inmunidad progresivamente van superando la enfermedad y va entonces cubriendo una mayor cantidad de población produciéndose una inmunidad de rebaño en la población que es lo que se produce habitualmente en los casos de H1N1, gripes, etcétera", indicó.
Observó que ese es el estado ideal que permitiría una apertura total y el COVID-19 se convertiría en una enfermedad más de estas que son controladas por los sistemas de salud y por la inmunidad de la población.
El presidente Danilo Medina declaró estado de emergencia por 25 días en todo el territorio nacional, en virtud de la autorización otorgada por el Congreso Nacional mediante la Resolución número 62-20 del 19 de marzo de 2020.
Luego solicitó una prórroga por otros 25 días el dos de abril, que fue aprobada en el Senado el 6 de abril, pero fue aceptada por 17 días hasta el 30 de abril en la Cámara de Diputados el jueves 9, y fue aprobada de esa manera finalmente en el Senado el Sábado Santo, el 11 de abril.
Algo similar ocurrió en el Congreso antes de que el presidente Danilo Medina emitiera el decreto 153-20 que prorroga el Estado de Emergencia en todo el territorio nacional por 17 días contados a partir del 1 de mayo, en virtud de la autorización otorgada por el Congreso Nacional mediante la resolución 64-20 del pasado 29 de abril.La Ley 21-18 también indica que la prórroga concedida no podrá exceder del tiempo ya autorizado para cada estado de excepción de que se trate.
En su artículo 30 se establece que una vez finalizado el estado de excepción el presidente de la República, en el plazo de diez días, rendirá un informe final al Congreso Nacional sobre todos los acontecimientos y decisiones tomadas durante el estado de excepción, y que este informe será colocado en el orden del día próximo sin más trámites.
“Tan pronto como haya finalizado el periodo de duración autorizado o inmediatamente hayan cesado las causas que dieron lugar al estado de excepción, el Poder Ejecutivo tiene un plazo de hasta dos días para declarar su levantamiento”, señala la Ley 21-18. La declaratoria de cese del estado de excepción se hará mediante decreto del Poder Ejecutivo.