Solo se pide modificar Código Penal y otras leyes cuando un crimen consterna
El Congreso no ha aprobado las normativas que sustituyan leyes de los años 1844 y 1884
El populismo penal, la falta de leyes adaptadas a la realidad social que vive la República Dominicana y el desconocimiento que tiene la población respecto a las normativas jurídicas, además, de un Congreso Nacional de “los menos trabajadores”, es lo que motiva que solo cuando un hecho consterna a la nación se pide modificación de leyes y endurecimiento de penas consideran varios abogados.
El asesinato de la adolescente Emely Peguero Polanco consternó a la sociedad dominicana pero la mayor indignación se produjo cuando a Marlin Matínez, madre de Marlón Martínez, quien la mató, solo fue condenada a dos años de prisión. Otro caso que vuelve a poner en la palestra pública la necesidad de modificar algunas leyes tiene que ver con la presunta violación y homicidio de la niña de cuatro años Yaneisy Rodríguez, cuyo cuerpo fue encontrado en con signos de abuso sexual y golpes contusos, y por el cual se imputa a un adulto y un menor de edad.
La condena emitida por la Corte de Apelación de San Francisco de Macorís en el caso Emely puso en evidencia la gran necesidad de que se realicen de una vez y por todas las modificaciones al Código Penal dominicano que data desde 1844, sin embargo, la indignación y pronunciamiento de la sociedad, así como los senadores y diputados, eso no pasó de ahí.
Nicole Portes considera que el Código Penal actual ya no responde eficazmente a las necesidades de prevención y sanción de cara a los tiempos actuales y que el reclamo que hace la sociedad solo en determinados momentos, se debe a que “como ciudadanos no somos conscientes de cuáles son las leyes que nos rigen hasta que ocurre un hecho que debe ser sancionado y nos damos cuenta que la legislación actual no nos protege”.
Thiaggo Marrero Peralta y Manuel Rodríguez entienden que los mayores responsables de que no se tenga una legislación actualizada son los senadores y diputados, quienes como responsable de crear las leyes, no le han dado prioridad a la materia penal.
“Cuando pasan estos hechos, nos damos cuenta que algunas leyes no se condicen de la realidad social... En el fondo, cuando se pide reforma del Código Penal u otras leyes penales, lo que se quiere en verdad es que se aumenten las penas porque la misma consternación hace que todos quieran la pena máxima y más allá”, dijo Marrero.
Para Rodríguez, es la falta de compromiso y de conciencia social frente a nuestra realidad institucional. “Pero también una muestra de nuestra deficiente cultura jurídica, y más preocupante aún, de la indiferencia como mal social cada vez más enraizado, pues solo reaccionamos cuando racionalmente no queda otra posibilidad”.
En el Código Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Ley 136-06 se establece un máximo de cinco años de prisión para los adolescentes entre 16 y 18 años y es por esta razón que algunos abogados y la Fundación Justicia y Transparencia han solicitado que se modifique esa normativa para que se aumente la pena. También señalan que dependiendo los casos, un menor de edad pueda ser juzgado como un adulto.
Ley de armas y sicariato
Otra ley que tendrían que revisar y posiblemente modificar los legisladores, entre tanto se aprueba el Penal, es la Ley No. 631-16 sobre Armas, Municiones y Materiales Relacionados que ha sido acogida por los tribunales en el cual se contemplan penas de hasta 40 años de prisión en los casos de uso de armas de fuego ilegal durante un atraco sin embargo no contempla igual penal para los hechos de sicariato y criminalidad organizada.
Los niveles de violencia en el país, ha evidenciado que matar por en cargo es una práctica que cada vez cobra más fuerza. Los hechos más resientes fueron el atentado en donde resultó herido el expelotero de grandes ligas, David Ortiz y el asesinato Claudio Guerra, alias Bambán, quien fue ultimado por un hombre hasta el momento desconocido que le disparó a quemarropa por la espalda mientras se hallaba sentado y rodeado de personas un negocio de bebidas alcohólicas en la calle 6 norte del Ensanche Luperón, Distrito Nacional.
“Cualquier persona física que le quite la vida a otra para cometer robo con violencia, poseyendo un arma de fuego ilegal, será castigada con una pena de treinta (30) a cuarenta (40) años de privación de libertad”, dice el párrafo II de la ley promulgada en el año 2016 en la que no se contempló igual castigo para quienes secuestren o maten por encargo usando un arma ilegal.