Ordenan la devolución de US$20.8 MM a empresa preside Arturo del Tiempo
La magistrada impone RD$1 millón diarios
por cada día de retardo en el cumplimiento
SANTO DOMINGO. La jueza de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Awilda Reyes Beltré, ordenó la entrega de US$20.8 millones a la sociedad Prado Universal Corp., compañía constructora de la Torre Atiemar y cuyo presidente es el español Arturo del Tiempo Marquéz, quien fue condenado en Valencia a siete años de prisión por narcotráfico internacional.
La disposición fue emitida en contra del Procurador General de la República, Francisco Domínguez Brito, la Fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, el Banco de Reservas y el Ministerio de Hacienda.
La magistrada impone el pago de un astreinte de RD$1 millón diarios por cada día de retardo en el cumplimiento de la sentencia. Acogió una acción de amparo manifestando haberse comprobado que los valores constituyen la diferencia del total de la acreencia del Banco de Reservas sobre el valor total del inmueble Torre Atiemar, no han sido depositados a la cuenta abierta para tales fines, a nombre de la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional.
“Por lo tanto, con dicho acto ha vulnerado su derecho de propiedad, a la libre empresa y al debido proceso de ley y en consecuencia ordena el restablecimiento de dichos derechos fundamentales conculcados”.
La acción de amparo fue interpuesta por Prado Universal Corp., sociedad comercial constituida en Panamá, representada por su administrador general, Jorge Postigo Silva, por intermedio de sus abogado Manuel Olivero Rodríguez y René del Rosario.
Sostienen que Banreservas resultó adjudicatario de los 36 apartamentos por la suma de US$34 millones, más US$145,884.15 por concepto de honorarios de los abogados.
Asimismo, entienden que tanto el mandamiento de pago que establecía el monto y el pliego de condiciones de la deuda de RD$551 millones, equivalentes en ese momento al monto de US$14.3 millones, dejó un excedente de US$20.8 millones.
La jueza plantea que el secuestro de la Torre Atiemar, en marzo del 2011, fue levantado a los fines de que Banreservas realizara embargo inmobiliario en virtud de la hipoteca en primer rango que tenía el inmueble.
Agrega que como resultado del proceso inmobiliario resultó adjudicatario del inmueble la institución bancaria, procediendo en presunta ejecución del secuestro de los bienes a constituirse en depositario de los valores resultantes por el excedente de la venta, que asciende a US$20,802,799.37.
Sostiene que el 18 de abril del 2012, el Juzgado Coordinador de la Instrucción del Distrito rechazó el levantamiento del secuestro de los excedentes producto de la venta en pública subasta del inmueble propiedad de Prado Universal Corp.
Especifica que mediante sentencia No.123/2012, la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación revocó la decisión y acogió la solicitud de levantamiento del secuestro que pesaba sobre el producto de la venta de la Torre Atiemar. La jueza entiende que Banreservas y la Fiscalía se niegan a la entrega de ese excedente, ya que no fue un hecho controvertido la adjudicación de la propiedad, así como tampoco que el producto de la venta excedía la acreencia que tenía el banco.
Manifiesta que en el caso de la especie ha determinado que contrario a lo externado por Banrservas, no se trata de la solicitud de una simple ejecución de una decisión jurisdiccional, ni de un mero cobro de pesos, sino más bien de la verificación de la afectación de un derecho constitucional que ha sido reconocido, tutelado por las vías ordinarias que la ley pone a disposición de las partes y que éstas no han resultado ser eficaces para lograr la protección de derechos conculcados.
Entiende que no existe justificación con sustento legal o constitucional para mantener la negativa ante la devolución del dinero que resultó excedente del proceso de adjudicación.
Dice que una vez verificada la conculcación procede acoger la acción de amparo y ordenar la restauración de los derechos lesionados por los impetrados.
Los problemas de Del Tiempo se remontan a finales de 2009, cuando en el puerto de Caucedo se incautaron 935 kilos de cocaína ocultos en un contenedor de piezas de granitos destinadas a Valencia.
Cuatro años más tarde, en cuyo puerto trabajaba el agente de aduanas Antonio Núñez Cebriá, apoderado en la empresa de Del Tiempo, fue incautado en Valencia un cargamento de 1,200 kilos de cocaína. El barco en el que viajaba la droga fue vigilado por la Guardia Civil, que el 2 de marzo siguió el contenedor que desde Valencia se trasladaba a las afueras de Barcelona.