Ministerio Público: padres no tienen autorización para enviar videos a Don Miguelo que vulneren intimidad de los niños
Aseguran que la difusión de videos violó el Código del Menor
La Fiscalía de la provincia Duarte solicitará prisión preventiva contra el cantante de género urbano Miguel Ángel Valerio Lebrón, conocido como Don Miguelo, por difundir en las redes sociales un video que viola derechos de menores de edad.
La Procuraduría General de la República informó que, aunque el artista contara con la aprobación de los padres para la publicación del audiovisual, su accionar constituye una violación al Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), por lo que, entienden debe permanecer detenido hasta que se le conozca medida de coerción.
La audiencia se conocerá en la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de esta jurisdicción, la tarde de este jueves.
El Ministerio Público explicó que procedió con su sometimiento a la justicia y solicitó la imposición de medida de coerción porque, en este caso, el cantante Don Miguelo ha violado el Artículo 26 de dicha ley, que establece el derecho a la protección de la imagen de los menores de edad.
¿Qué prohíbe el Código del menor en relación al caso de Don Miguelo?
También, el artículo 396 relativo al abuso de los niños, niñas y adolescentes en cuanto a su imagen, y el Artículo 411 que se refiere a la explotación de la imagen al filmar y publicar imágenes sexuales de menores de edad, por citar algunos artículos.
"Independientemente de que los padres les enviaran los videos para su difusión, no menos cierto es que constituye un tipo penal y que por ser sus padres no le da el carácter legal. Los ciudadanos que difunden el video en cuestión, también cometen una transgresión a la ley, razón por la que exhortamos a los usuarios de las redes sociales a evitar la propagación de este tipo de contenido", expresa el comunicado oficial.
La Procuraduría General de la República indica en la comunicación de prensa que “no hay autorización válida de parte de ningún padre para vulnerar la intimidad de un niño”.
En ese orden, dijo que la ley protege a los menores de sus propios padres para publicar y difundir vídeos y fotos que atenten contra su integridad.
El artículo 1 del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes que establece que la autoridad actúa de oficio en favor de la integridad del menor, por lo que, dijo, continuarán con el proceso judicial hasta lograr justicia.