Imponen un año de prisión contra dos hombres por muerte de taxista en Puerto Plata
Deberán cumplir la medida de coerción en el Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe
Un juez de la Oficina de Atención Permanente de Puerto Plata impuso un año de prisión preventiva como medida de coerción contra dos jóvenes acusados de matar a un taxista santiaguero.
La sanción fue impuesta contra Elisaul Alexander Mercado Pérez, de 24 años, e Isaac Gabriel Jiménez Gutiérrez, de 18.
Ambos están acusados de matar a Alberto Grullón Uceta (Albert), de 21 años, un estudiante universitario que en su tiempo libre ofrecía el servicio de transporte a través de una aplicación de taxis.
El cadáver de Alberto Grullón Uceta fue encontrado en unos matorrales del distrito municipal Estero Hondo, Villa Isabela, en Puerto Plata, un día después que fue abordado por dos hombres en Santiago.
Al profesional del volante lo despojaron de su carro, un Hyundai Sonata Y20, naranja, así como de su teléfono celular.
Luego, los imputados se accidentaron y dejaron el vehículo abandonado.
Elisaul Alexander Mercado Pérez e Isaac Gabriel Jiménez Gutiérrez fueron enviados al Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe de Puerto Plata a cumplir la medida de coerción.
El hecho
En la instancia de solicitud, el Ministerio Público indicó que los dos imputados contactaron al taxista con el pretexto de que los llevara a la playa La Ensenada, del distrito municipal Estero Hondo, y que al llegar próximo a unos matorrales lo hirieron a cuchilladas, lo ataron con cinta adhesiva y finalmente lo golpearon con una piedra en la cabeza, detalla una nota de la Procuraduría General de la República.
De acuerdo a la nota, las investigaciones realizadas por la Policía Nacional y por el órgano de la persecución penal, encabezadas por el fiscal José Armando Tejada, permitieron determinar que Mercado Pérez y Jiménez Guitérrez se llevaron el carro de su víctima y se accidentaron en la carretera hacia La Isabela, a unos dos kilómetros del lugar del crimen. Luego de recibir atenciones en una clínica cercana, huyeron hacia Santiago.
El Ministerio Público ha calificado el hecho de manera provisional como violación a los artículos 265, 266, 295, 296, 297, 304, 379 y 382 del Código Penal, que tipifican y sancionan los delitos de asociación de malhechores, homicidio voluntario y otros.