Corte rechaza recusación contra dos juezas del caso Odebrecht
Tania Yunes y Jissel Naranjo seguirán conociendo el juicio de corrupción
El juez Ignacio Camacho, de la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, rechazó apartar del juicio por los sobornos de Odebreccht a las dos juezas que fueron recusadas el pasado lunes por la Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).
A través de la resolución número 502-01-2021-SSEN-00068, la Corte ordenó que las juezas Tania Yunes y Jissel Naranjo, integrantes del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional sigan conociendo el juicio junto con la magistrada Gisselle Méndez.
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También ordenó la continuación del proceso en la etapa que se encontraba antes de la recusación.
Está pautado que el juicio sea retomado el 11 del presente mes.
Wilson Camacho había recusado a las dos juezas por presunta parcialidad.
Tomó la decisión luego de que el tribunal, con el voto mayoritario, ordenara que fuera excluido el testigo número 15, Julian Rojas, y con él todas las pruebas acreditadas por este.
Al motivar la recusación, Wilson Camacho dijo que “ninguna de las dos juezas (Tania Yunes y Jissel Naranjo) motivaron qué las llegó a modificar su decisión de excluir al testigo, cuando en principio, a unanimidad ordenó el tribunal escuchar al testigo Julian Rojas”.
Reacción de las juezas
Luego de ser recusada, la jueza Jissel Naranjo motivó que la recusación debía ser rechazada porque no existe irregularidad en el proceso y las decisiones emitidas por el tribunal han estado motivadas en la ley.
“El juez aplica el derecho y cuando hay oscuridad interpreta y eso es lo que se ha realizado aquí en cada momento”, expresó la magistrada.
En tanto que la magistrada Tania Yunes citó que la mayoría de las decisiones emitidas por el tribunal han sido a unanimidad y amparadas en la ley.
“Esta juzgado entiende que se equivoca el Ministerio Público cuando entiende que la tarea de enfrentar la impunidad es de los jueces. La tarea de los jueces es evaluar las pruebas que le presentan y decidir sobre los hechos en derecho”, puntualizó la jueza.
Dijo que no se dan ningunas de las razones establecida en la ley para recusar a un juez.
Puntualizó que no son parientes de las partes, no tienen amistad ni enemistad con ellos, no han emitido consejo o asesorado a ningunas de las partes.