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Ciudadano denuncia obstáculo de Sexta Sala Civil y Comercial para autorizarle quitarse apellido

La demanda de impugnación le fue negada por un error en trámites del tribunal, asegura

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Ciudadano denuncia obstáculo de Sexta Sala Civil y Comercial para autorizarle quitarse apellido
El caso está en la Sexta Sala Civil y Comercial del Distrito Nacional. (ARCHIVO / DIARIO LIBRE)

Un ciudadano denunció que la Sexta Sala Civil y Comercial del Distrito Nacional especializada en Asuntos de Familia cometió un “error” en el trámite interno de su expediente y en razón de esto, le negaron una demanda mediante la cual buscaba renunciar al apellido paterno.

El ciudadano alega que sometió la demanda en impugnación de filiación de paternidad en marzo del año pasado a través del abogado Roberto Clase. Aseguró que a pesar de haber cumplido con todos los requisitos de ley y debido proceso, el tribunal obvió el acto 09-2021, el cual dijo no había sido notificado. El ciudadano insiste que la notificación se hizo y que su expediente donde están los documentos es el número 531-2020-ECON-00658.

Sin embargo, en vista del error, el demandante decidió solicitar la corrección y revisión de la sentencia número 531-2021-SSEN-00815, ya que asegura, no hubo oposición ni de la Junta Central Electoral (JCE) ni de la parte demandada a que se dictaminara el retiro del apellido.

“Defecto, justificado reiteramos con acto no. 09-2021 depositado en esta sala en fecha 03-02-2021; por ello y bajo el Tikets no. 1100749 de fecha 09-04-2021, incluyendo depósito de documentos y escrito ampliatorio solicitamos la corrección que nos favorece, confirmando así que cumplimos con todos los requisitos y el debido proceso”, dice parte del expediente depositado.

Refiere el ciudadano, de que resguarda su identidad, que hace más de un año acudió a dicha sala para retirarse el apellido, basado en lo que establece la Ley 985 en su artículo 5, el cual establece que el reconocimiento puede ser impugnado por parte interesada si es perjudicial al hijo o si procede de personas sin calidad para hacerlo.

En ese sentido, el agraviado destaca que “nadie puede violar los derechos de nadie y menos a quien busca vivir en paz, tranquilidad, trabajar, desarrollarse”.

En una carta dirigida a la Sexta Sala, destaca lo expresado en el artículo 55 de la Constitución, que establece que toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad, y a un nombre propio.

El ciudadano que hace la solicitud administrativa, se describe como un profesional, ser humano decente, respetuoso y de una buena conducta. Explica que decidió recurrir a los medios para evitar que en su rectificación vuelvan a cometerse nuevos “errores”, ya que dice ha invertido mucho tiempo y dinero en un proceso que ha sido agotador.

El solicitante asegura han cumplido todo el debido proceso y esperan que dicha sentencia sea corregida, ordenando la eliminación de ese apellido y así iniciando la estricta garantía a los derechos fundamentales y a los derechos humanos de quien hace esta solicitud.

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Periodista en ejercicio desde el 2014. Ha ejercido la profesión en los principales medios impresos de la República Dominicana. Escribe sobre casos judiciales, derechos humanos, criminalidad y otras problemáticas sociales.