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Los abogados de Díaz Rúa y Rondón sobre absolución en Odebrecht: "una sentencia ejemplar"

El caso Odebrecht en República Dominicana comenzó a judicializarse en 2017

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Los abogados de Díaz Rúa y Rondón sobre absolución en Odebrecht: una sentencia ejemplar
Abogados de Díaz Rúa y Rondón celebran la absolución de sus defendidos en caso Odebrecht. (FUENTE EXTERNA)

Después de siete años de proceso judicial, los abogados de Víctor Díaz Rúa y Ángel Rondón calificaron como "ejemplar" la sentencia de los jueces de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia que este viernes puso fin al sonado caso judicial Odebrecht, declarando la absolución de sus defendidos.

Emery Rodríguez, representante de Rondón, indicó que la justicia en primer y segundo grado falló con la condena de ocho años de prisión contra su cliente y es la Suprema que establece lo que desde el principio ha resaltado el empresario y su defensa: "para sobornar debe existir un sobornado y para que haya lavado de activos debe existir un delito precedente".

Rodríguez indicó que la Suprema actuó conteste a los argumentos de la defensa técnica que, entre sus razonamientos indicó, que para condenar por soborno era necesario que el Ministerio Público probara que fue ofrecido, entregado y prometido dinero a cambio de adjudicaciones de obras estatales.

Indicó que durante el proceso lo único que se pudo comprobar era lo que ya se sabía, que Rondón era representante comercial de Odebrecht en el país y que recibía dinero de la transnacional. "Recibir dinero no es un ilícito, así lo estableció la corte", puntualizó Rodríguez. 

La sentencia indica que no hubo una correlación entre la acusación y la condena que recibió Rondón, es decir, el organismo de persecución no pudo demostrar con pruebas que el imputado habría entregado tales sumas de dinero.

El Ministerio Público imputó a Rondón de ser el encargado de repartir el dinero del soborno como representante de Odebrecht en el país, sin embargo, no estableció quién o quiénes recibieron tales sumas, es decir, faltaba una parte constitutiva para establecer el hecho punible.

Al principio del proceso judicial fueron sometidos un grupo de exlegisladores y exfuncionarios bajo la presunción de ser los sobornados, pero fueron dejados fuera de la investigación delictiva.

"La Suprema declaró que Díaz Rúa salió con los bienes que entró y no lavó activos"

El recurso de casación incoado por la defensa del exministro de Obras Públicas tuvo la misma valoración de la Suprema Corte de Justicia. 

Primero, fue acusado de soborno, enriquecimiento ilícito y lavado de activos. El Primer Tribunal Colegiado determinó en 2021 que Díaz Rúa no sobornó y lo condenó a cinco años de prisión por los tipos penales restantes. En Apelación le confirmaron la sentencia, este viernes la alta corte estableció que tampoco el enriquecimiento ilícito y lavado de activos se establecieron sobre la base de hechos probados en el tribunal.

"Desde el primer momento habíamos declarado que el ingeniero Víctor Díaz Rúa no recibió sobornos de Odebrecht y así fue demostrado en primer grado y segundo grado, en casación se revisó el caso de manera íntegra y la Suprema Corte de Justicia declaró que el ingeniero Víctor Díaz Rúa salió del gobierno con los mismos bienes que entró y que no lavó activos, en ese sentido estamos contentos con la decisión judicial tomada", expresó el abogado Miguel Valerio.

Con esta decisión este proceso judicial que comenzó en mayo de 2017 con el arresto de 14 funcionarios, empresarios y abogados, alcanzó la cosa irrevocablemente juzgada.

Ordena la devolución de los bienes decomisados

Además de dejar sin efecto la condena impuesta al empresario Ángel Rondón y el exfuncionario Víctor Díaz Rúa hace casi tres años, la Suprema Corte de Justicia ordenó la devolución de todos los bienes que se les había decomisado.

Los decomisados a Rondón eran las sociedades accionarias de la empresa Lashan Corp y Consultores y Contratistas Conamsa SRL con registro nacional de contribuyente 1-01-62007-2 junto a todos los bienes muebles e inmuebles y los productos financieros que estas registren en entidades de intermediación financieras y de valores, nacionales y extranjeras.

En el caso de Día Rúa, le deben ser devueltas una propiedad en Casa de Campo, en La Romana; el yate "Balbie", un apartamento ubicado en la torre Caney en Bella Vista, Distrito Nacional, las sociedades Albox, Radio-Difusora Sky Land e Inversiones Monttoba, así como varias cuentas en pesos y dólares del Banco de Reservas a su nombre.

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Periodista y locutora. Ejerce el periodismo desde el 2017. Tiene experiencia en medios televisivos, impresos y digitales.