Juez desestima varios pedidos de anular caso Medusa
Dice que el impedimento de salida a Jean Alain no constituyó una privación de libertad
Varios de los pedidos que hizo el exprocurador general de la República Jean Alain Rodríguez, para que se declarara nula e inconstitucional su acusación en Medusa, fueron desestimados por el juez Amauri Martínez, del Tercer Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional que conoce la instrucción del caso.
El magistrado lee este viernes su decisión sobre si envía o no a un juicio de fondo al exprocurador y demás implicados en el expediente que les presentó la Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), por supuesta coalición de funcionarios, prevaricación, asociación de malhechores y una estafa contra el Estado que calcula en unos 6,000 millones de pesos.
También de sobornos, crímenes y delitos de alta tecnología y lavado de activos.
Martínez desestimó el pedido del exprocurador para que se declara la nulidad del proceso porque supuestamente fue detenido irregularmente, cuando, en junio de 2021, intentaba salir del país vía aérea y le fue impedido.
De acuerdo con el juez, el impedimento de salida ese momento no constituyó una privación de libertad, ya que el acusado quedó libre de moverse en el territorio dominicano.
Exprocurador Jean Alain Rodríguez trató de salir del país y las autoridades se lo impidieron
El juez también rechazó declarar ilegal el arresto de Rodríguez, indicando en el tribunal que pudo verificar el acta del arresto firmada por el propio imputado en la que se evidencia que le leyeron sus derechos, contrario a su alegato de que se enteró por la prensa.
Dijo que en el caso tampoco se violó el debido proceso y derecho constitucional por las supuestas filtraciones constantes de informaciones a la prensa.
Defiende publicidad
El magistrado recordó el principio de publicidad de los procesos, sobre todo cuando involucra a funcionarios públicos, desde el momento en que se presenta acusación, como garantía de que cualquier persona pueda tomar conocimiento.
"La publicidad, a criterio del tribunal, aporta transparencia y ello se ve coadyuvado con la labor de los medios de comunicación que forman parte de esa publicidad. Con ello se permite que cualquier ciudadano materialice la libertad de información", dijo Martínez.
También señaló que, una vez presentada la acusación, no se puede hablar de una etapa secreta, sino de una etapa pública, por lo que desestimó declarar la nulidad demandada.
El juez Martínez también defendió con su decisión la calidad de la Pepca para llevar el caso, misma que había sido cuestionada por la defensa de Rodríguez y de otros acusados que consideraron que esa no era la jurisdicción y que el representante de la Procuradora en el caso, Rodolfo Espiñeira, no emitió acto dando facultades a la Pepca para presentar actos conclusivos en su nombre.
"El tribunal considera no ha lugar el pedimento planteado por la defensa técnica en cuanto a establecer que la intimación conlleva un traslado de la competencia, pues hay un efecto propio de la advocación, mediante la cual se realiza la traslación del ejercicio de la competencia para resolver un asunto concreto, desde un órgano jerárquicamente inferior a otro superior".
A la vez el magistrado dijo que "se puede colegir que, dentro de las atribuciones del procurador general de la República se encuentra asumir, por sí mismo o a través de sus adjuntos, cualquier proceso de acción pública que se promueva en el territorio nacional cuando lo juzgue conveniente al interés público".
El caso Medusa tiene 63 imputados, 41 de ellas son personas físicas y 22 empresas. De éstos, el Ministerio Público llegó a acuerdos con 19 de las personas físicas imputadas y 15 de las empresas, los que esperan ahora la validación o no el juez Martínez.
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