Miembro de la JCE aclara tema sobre las prohibiciones de inauguraciones en campaña
Puntualiza que en este momento la Ley 20-23 no abarca la restricción a los aspirantes a la Presidencia, diputaciones y senadurías
El miembro titular del pleno de la Junta Central Electoral (JCE), Rafael Vallejo Santelices, señaló que la Ley de Régimen Electoral es clara y establece los períodos en que se suspende cada cosa, destacó la importancia de cumplir con las restricciones establecidas por la legislación en relación con las inauguraciones durante el período de campaña.
Vallejo explicó que la Ley 20-23 establece el tiempo en el cual los funcionarios que son candidatos no pueden llevar a cabo inauguraciones, con el objetivo de evitar ventajas indebidas para los aspirantes.
"Ahora mismo nosotros tenemos restricciones para los que son y van a las elecciones de alcaldías, y regidurías, o sea lo municipal, ya llega un momento en que los que van como candidatos a senadurías, diputaciones, presidente de la república tienen que suspender, solamente tienen que buscar la ley y lo dice de manera expresa cuando hay que suspender cada cosa", manifestó.
Según la ley electoral, los funcionarios que sean candidatos, en el caso de elecciones municipales programadas para el 18 de febrero, deben suspender las inauguraciones 40 días antes de la fecha de las elecciones, y 60 para las presidenciales.
En la recién promulgada Ley de Régimen Electoral se establecen en el capítulo VI las prohibiciones de los actos estatales y en el párrafo 1 del artículo 210 señala que se prohíben la realización de marchas, mítines, o cualquier tipo de manifestación o la presentación de pancartas, letreros o propaganda de cualquier tipo de actos que promueva a un candidato.
Sin embargo, los programas de asistencia social y ayuda comunitaria habituales que se encuentran planificados por el Estado se pueden realizar conforme a su planificación, ya que están excluidos de las prohibiciones, pero no se podrán aumentar los beneficiarios ni los montos asignados a estos programas.
Vallejo agregó: "La ley establece claramente en que hay un período en que no se puede realizar inauguraciones porque eso se proyecta en beneficio de los candidatos por ejemplo a alcaldes, una cosa es por ejemplo el plazo que hay para los candidatos que acuden para las elecciones de alcaldías y regidurías y otra cosa es los que acuden al nivel presidencial, senatorial, diputaciones, diputados del exterior y del Parlacen, son plazos distintos, la ley es muy clara con eso".
Reiteró que las Fuerzas Armadas no deben involucrarse en política
El funcionario del órgano electoral subrayó que la JCE emitió una declaración reciente destacando dos puntos cruciales. En primer lugar, instó a que las Fuerzas Armadas se mantengan fuera del proceso electoral, ya que son instituciones apolíticas según la constitución y deben ser respetadas como tales.
En segundo lugar, enfatizó que los funcionarios designados o elegidos no deben utilizar actividades públicas para favorecer a candidatos de sus partidos, evitando cualquier acción que pueda sesgar la equidad del proceso electoral.
El miembro de la JCE hizo hincapié en la importancia de medir a todos los participantes con la misma vara, garantizando que la Junta actúa como un árbitro imparcial.
Vallejo expresó sus consideraciones en esta ciudad de Santiago al culminar un proceso de supervisión de prueba de equipos que se utilizarán en el proceso electoral venidero en los recintos de votación.
Presidente Abinader
"El único partido que ha respetado la ley electoral y el único candidato que la ha respetado somos nosotros", aseguró el presidente Luis Abinader recientemente al ser cuestionado por periodistas en una de sus inauguraciones.