Sentencia ordena al Ayuntamiento del Distrito Nacional a cumplir contrato transaccional
TSA ordena al Ayuntamiento del Distrito Nacional cumplir con resolución en favor de Impacto Urbano
El Tribunal Superior Administrativo (TSA), en su sentencia No. 0030-02-2023-SSEN-00015 del 17 de enero de 2023, dictada por la Primera Sala, ha ordenado al Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN) cumplir con la Resolución No. 25/2014 del 2 de mayo de 2014, que ratifica el Contrato Transaccional firmado entre Impacto Urbano y la Alcaldía del Distrito Nacional.
De acuerdo con un documento compartido con Diario Libre, en 2007, el Ayuntamiento del Distrito Nacional removió de manera arbitraria e ilegítima un total de 619 elementos o vallas publicitarias pertenecientes a Impacto Urbano, "causando graves perjuicios económicos y morales a la empresa y sus accionistas". Como resultado, Impacto Urbano inició acciones legales contra el Ayuntamiento del Distrito Nacional y el entonces alcalde, Roberto Salcedo.
Impacto Urbano es una empresa dedicada a la publicidad exterior en espacios urbanos, especialmente mediante la instalación de vallas lumínicas. Siempre ha prestado este servicio de acuerdo con las disposiciones normativas vigentes en ese momento, en particular la Resolución No. 46/99 emitida por la Sala Capitular del Ayuntamiento del Distrito Nacional el 21 de marzo de 1999, como se evidencia en la Resolución No. 44/2000 del 21 de marzo de 2000, que autorizó a Impacto Urbano a colocar paneles luminosos en las vías públicas de la ciudad de Santo Domingo.
El 30 de abril de 2014, después de varias sentencias favorables a Impacto Urbano en casos civiles, penales y administrativos contra el Ayuntamiento del Distrito Nacional y el entonces alcalde Roberto Salcedo, ambas partes decidieron poner fin a todas las controversias judiciales mediante la firma de un "Contrato Transaccional Definitivo y Convenio de Ejecución de Contrato de Publicidad Exterior" identificado como Contrato No. AE-0030-14 y sus adendas.
En dicho Contrato Transaccional y sus adendas se estableció en favor de Impacto Urbano lo siguiente:
El Ayuntamiento se comprometió a reconocer los derechos de Impacto Urbano a la reinstalación de las 619 vallas pertenecientes a esta empresa, en el mismo lugar donde se encontraban originalmente.
2. En el marco del reconocimiento y materialización efectiva del derecho de reinstalación de Impacto Urbano, el Ayuntamiento del Distrito Nacional debía proceder a la ratificación del Anexo D) del Contrato Transaccional, que consiste en un Contrato de Publicidad Exterior en favor de Impacto Urbano, con duración de 10 años, prorrogables por el mismo período y contados a partir de la entrega de las seiscientos diecinueve (619) espacios publicitarios que le corresponden a esta empresa.
3. Adicionalmente, el Ayuntamiento del Distrito Nacional se comprometió a pagar una indemnización en favor de Impacto Urbano, como consecuencia de los procesos judiciales iniciados tras la remoción de las seiscientas diecinueve (619) vallas y las sentencias condenatorias dictadas en ocasión de estos.