MP deposita acusación contra dueños del edificio de Multi Muebles que colapsó en La Vega
Una empleada murió y otros quedaron queridos tras el colapso del centro comercial en enero pasado
La Fiscalía de La Vega depositó este viernes la acusación formal en contra de los propietarios del edificio de Multi Muebles, el cual colapsó el pasado mes de enero y dejó como resultado una empleada fallecida y otras tres heridas al quedar atrapadas entre los escombros.
La fiscal de La Vega, Aura Luz García Martínez, depositó el expediente en el Juzgado de la Instrucción de esa provincia, donde el Ministerio Público acusa de manera formal y solicita apertura a juicio contra Jesús María Sánchez Lantigua, Jorge Alberto Rosario Marte y la empresa R & S Multi Muebles, S.R.L.
La acusación relata que el 18 del mes de enero del año 2023, aproximadamente a las 12:05 de la tarde, tuvo lugar el colapso del edificio que alojaba la empresa R & S Multi Muebles, S.R.L, ubicado en la calle Las Carreras, esquina Sánchez.
Señala que el edificio estaba bajo la propiedad y gestión de los acusados Sánchez Lantigua y Rosario Marte, propietarios y gerentes de la empresa R & S Multi Muebles S.R.L, e indicó que el derrumbe ocurrió durante actividades de demolición, modificación y construcción estructural llevadas a cabo entre los días 16 y 18 del pasado mes de enero de 2023.
Omitieron normas
El órgano persecutor establece en una nota de prensa que los acusados llevaron a cabo esas modificaciones estructurales imprudentemente, omitiendo las normativas y reglamentos que regulan el sector de la construcción.
Específica que la primera imprudencia fue la omisión e inobservancia de las obligaciones de las personas que llevan a cabo proyectos de construcción, lo cual conlleva el deber de designar a profesionales del área que realicen las evaluaciones correspondientes, lo que a su vez conllevó al incumplimiento de otros deberes normativos como el sometimiento de los planos del proyecto para aprobación o rechazo por los distintos organismos designados por la ley para fiscalizar las construcciones.
En ese orden, indica que la omisión de estas normativas impidió que los profesionales capacitados en la materia, así como las autoridades, pudiesen detectar los riesgos latentes en la modificación planificada por los acusados.
- Otra imprudencia, de acuerdo a la acusación, fue la omisión e inobservancia de mantener un entorno seguro para los trabajadores, lo cual es un principio y un derecho fundamental de los trabajadores conforme a la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Tal omisión, refiere, se materializó en el momento en que se realizaban construcciones y remodelaciones estructurales, con la presencia de empleados dentro del edificio y que, de haberse respetado, manteniendo el personal fuera del edificio, no hubiese producido las heridas y pérdida de la vida humana.
Como consecuencia del derrumbe del edificio, recuerda, que resultaron aplastadas empleadas que se encontraban laborando en el lugar mientras se realizaban actividades de demolición, modificación y construcción estructural, entre las que se incluye a la hoy occisa Yasiris Joaquín de Jesús, así como a Jessica Bueno Reinoso, quien sufrió múltiples lesiones y heridas, Madelyn Mercedes Abreu Brito, quien resultó con una fractura en el arco cigomático derecho y heridas faciales, mientras que María Arielina Hernández de Paredes fue diagnosticada con múltiples lesiones y fracturas, incluyendo fractura de columna dorsal lumbar y fractura de costilla.
El Ministerio Público destacó que en el transcurso de las pesquisas se solicitaron certificaciones a las instituciones estatales encargadas de emitir los permisos de construcción. Precisa que los resultados obtenidos fueron concluyentes: tanto el Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (Codia) como el Departamento de Planeamiento Urbano de La Vega certificaron que no habían autorizado trabajos de remodelaci6n y construcci6n a la entidad comercial Multi Muebles S,RL, quedando evidenciado que la entidad comercial realizó los citados trabajos sin haber obtenido los permisos necesarios.
Cargos
La calificación jurídica otorgada por el Ministerio Público a los hechos es la siguiente: violación al Decreto 670-2010, artículos 16, 17, 20 y 85, Reglamento R-021, Reglamento General de Edificaciones y Tramitación de Planos (decreto 576-06), artículos 2.1.4 y 2.1.5.
También, la Ley 687-82, que crea un Sistema de Elaboración de Reglamentos, Técnicas para Preparación y Ejecución Relativos a la Ingeniería, la Arquitectura y Ramas Afines; artículos 12, 13, 14, 15 de la Ley 62-00 sobre el Ejercicio de la Ingeniería, la Arquitectura y Agrimensura y Profesiones afines; artículo 319 del Código Penal Dominicano que tipifica el homicidio involuntario en perjuicio de Yasiris Joaquín de Jesús, y el artículo 320 del Código Penal Dominicano que tipifica los golpes o heridas involuntarios en perjuicio de Jessica Bueno Reinoso, Madelyn Mercedes Abreu Brito, María Arielina Hernández de Paredes y el Estado dominicano.
El Ministerio Público solicitó que, de conformidad a las disposiciones establecidas en el artículo 298 del Código Procesal Penal, el tribunal proceda a fijar el conocimiento de la audiencia preliminar en un plazo no menor de diez días ni mayor de veinte días.
El órgano de justicia resaltó que, aunque las víctimas han decidido no participar en el proceso, el Ministerio Público mantiene su compromiso de proteger los intereses de la sociedad y actuar en nombre de la acción pública.