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El Tribunal Constitucional niega que la sentencia despoje de la nacionalidad

Afirma que la decisión no viola el principio de irretroactividad de la ley

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El Tribunal Constitucional niega que la sentencia despoje de la nacionalidad
Milton Ray Guevara

SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) negó que con la sentencia No.168-2013 dictada por ese organismo el 23 de septiembre pasado, haya desnacionalizado y violado el principio de irretroactividad de la ley con la descendiente de padres haitianos en tránsito sobre la cual se fundamentó su fallo, porque "nunca fue dominicana por el jus soli".

En una declaración dada a conocer ayer por el vocero del Tribunal Constitucional, Rafael Polanco, el presidente de ese organismo, Milton Ray Guevara desmintió que haya colocado en una situación de apatridia a Juliana Dequis (o Deguis) Pierre, ya que la Constitución haitiana establece el jus sanguinis, por lo que todos los hijos de haitianos nacidos en el extranjero son haitianos de origen.

Explicó que desde el 1929, en todas las Constituciones dominicanas, desde hace casi un siglo, excluyen del derecho a la nacionalidad por el jus solis a los extranjeros en tránsito, quienes luego de haber extralimitado su permanencia son considerados no residentes. "En ese sentido, no hay retroactividad en una sentencia que lo que hace es determinar la ley aplicable en el momento en que surge el derecho reclamado. Por tanto, si la reclamante nació en el país, con posterioridad al año 1966, hija de extranjeros en tránsito, sencillamente nunca ha sido dominicana por jus soli", subrayó.

Ray Guevara exhortó a los poderes públicos responsables de ejecutar el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros Ilegales a adoptar todas las medidas de precaución que sean necesarias para que se aplique respetando las prerrogativas del ser humano.

Defendió la facultad soberana del Estado dominicano sobre la nacionalidad, y dijo que las críticas hechas a la sentencia carecen de fundamento jurídico y de asidero legal.

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