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Servio Tulio califica de “inaceptable” intervención de llamadas telefónicas sin orden judicial

Indica que constituye una lesión al derecho a la intimidad protegido por el texto sustantivo en su artículo 44

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Servio Tulio califica de “inaceptable” intervención de llamadas telefónicas sin orden judicial
Servio Tulio Castaños, vicepresidente ejecutivo de Finjus. (DIARIO LIBRE/ARCHIVO )

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán, calificó este jueves como “inaceptable” la intervención de llamadas telefónicas sin que medie una orden judicial en el curso de una investigación y demás aspectos indicados por ley.

“Resulta totalmente inaceptable, más aún tratándose de la figura de legisladores que están investidos por ciertas garantías dada su integración en uno de los poderes del Estado”, manifestó.

Indicó que constituye una lesión al derecho a la intimidad, protegido por el texto sustantivo en su artículo 44, asegurando que se refiere incluso a que la limitación a tal derecho solo puede darse por orden de una autoridad judicial competente limitándose a ventilar solo aquello que esté ventilándose en la justicia.

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