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Medio Ambiente
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Advierten habrá sanciones por muertes de peces en Sabana de la Mar y Miches

Expertos acuden a estas zonas para evaluar e identificar qué provocó la situación

Biólogos y otros expertos en biodiversidad marina acuden al litoral costero de los municipios Sabana de la Mar y Miches ante la situación de cientos de peces muertos en las zonas.

La información fue dada a conocer por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales a través de un comunicado de prensa, donde explica que están investigando la situación para dar con los responsables y advierte que habrá sanciones.

“Esta investigación se realiza bajo el amparo de la Ley 64-00 que rige el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por lo que en caso de que se comprueben responsabilidades se estarían determinando las sanciones correspondientes”, precisa.

Agrega que fueron enviados técnicos capacitados del viceministerio de Recursos Costeros y Marinos, así como también de la Dirección de Calidad del Agua para determinar las causas que han provocado la mortandad de estas especies.

Encargado de Medio Ambiente en Samaná

Frank Rodríguez, encargado de Medio Ambiente en la provincia de Samaná, manifestó a Diario Libre que hace una semana que se percataron de que en la costa estaban saliendo muchas especies muertas de todo tipo.

Según sus observaciones, al parecer estos peces vienen de alta mar, ya que hay especies como el pez loro que se ubican en zonas más retiradas. “Ósea, en la costa pueden aparecer algunos, pero no en esa cantidad”.

Rodríguez indico que posiblemente la situación se deba a que por descuido algún barco haya dejado caer material químico en las aguas.

Piensa que se han muerto miles de peces ya que en la costa se ven grandes cantidades y el mar es amplío.

Aclaró que la situación fue notificada a las autoridades del Ministerio Público y que realizan los chequeos de lugar.

Agregó que situación similar pasa en el municipio de Higüey.

¿Qué dice la Ley 64-00 de Medio Ambiente?

En su artículo 82 indica que “se prohíbe el vertimiento de sustancias o desechos contaminados en suelos, ríos, lagos, lagunas, arroyos, embalses, el mar y cualquier otro cuerpo o curso de agua”.

Sanciones

La Ley 64-00 contempla, en su artículo 183, las sanciones siguientes:

1. Prisión correccional de seis días a tres años. Si fallece una persona a causa de la violación, le aplicarían lo establecido en el Código Penal Dominicano.

2. Multa de una cuarta parte del salario mínimo, hasta diez mil salarios mínimos vigentes en el sector público en la fecha en que se pronuncie la sentencia.

3. El decomiso de materias prima, herramientas, equipos, instrumentos, maquinarias, vehículos de transporte, así como productos y artículos, si los hubiere, que provengan de la violación cometida, o fueron utilizados en la perpetración del hecho delictuoso, o puedan de por sí constituirse en peligro para los recursos naturales y el medio ambiente, o la salud de seres humanos.

4. La obligación de indemnizar económicamente a las personas que hayan sufrido daños y perjuicios.

5. Retiro temporal o definitivo de la autorización licencia o permiso para ejercer o efectuar las actividades que hayan causado o puedan causar daño o perjuicio, entre otras sanciones.

TEMAS -

Periodista dominicana, egresada de la Universidad Tecnológica de Santiago (UTESA).