Senadores aprueban en segunda lectura proyecto de ley contra lavado de activos y terrorismo
SANTO DOMINGO. El Senado aprobó en segunda lectura, con modificaciones, el proyecto de Ley contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, que deroga la ley No. 72-00.
El pieza pasa ahora a la Cámara de Diputados.
Sobre el proyecto
Las modificaciones de la Ley de Lavado de Activos (72-02) que envió el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional, vía el Senado, contemplan elevar las penas mínimas de cinco a 10 años, las máximas hasta 40 años y sanciones de hasta 400 salarios mínimos y el decomiso de los bienes, además de incluir penalidades por el financiamiento al terrorismo.
Con las modificaciones se cambiaría el nombre a Ley contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. Aunque el terrorismo tiene una ley especial (267-08), por la que se ha condenado a una persona, este proyecto no lo menciona. Las sanciones serían de hasta 40 años, y cualquier persona podría ser condenada a la pena máxima, aunque el acto terrorista no se haya llevado a cabo.
Este proyecto también contempla sanciones para los funcionarios públicos, no importa el rango jerárquico que ofrezca información sobre cualquier persona que estén investigando por sospecha de lavado de activos. Las sanciones van de dos a cinco años de prisión y multas de hasta 200 salarios mínimos.
La pieza contiene un capítulo ampliado de definiciones, a fin de especificar o aclarar el sentido de la terminología especializada de la ley, gran parte de la cual no aparece en la ley actualmente vigente.
La ley 72-02, vigente, contempla penas de cinco a 20 años y multas de 50 a 200 salarios mínimos para quien convierta, transfiera, transporte, adquiera, posea, tenga, utilice o administre bienes fruto del lavado. Las mismas penas enfrenta quien oculte, encubra o impida la determinación real, la naturaleza, el origen, la ubicación, el destino, el movimiento o la propiedad de dichos bienes o de derechos relativos a tales bienes.