“Pocas plantas envasadoras de GLP pueden exhibir certificados confiables sobre el cumplimiento de la seguridad”
Diario Libre entrevista al exdirector de la entonces Digenor sobre el cumplimiento de una resolución de 2011 para la seguridad en las plantas
SANTO DOMINGO. Ante la ocurrencia hoy de otra explosión en una envasadora de gas del país, esta vez en un establecimiento ubicado en Los Ríos, Diario Libre le hizo cuatro preguntas a Julio Santana, exdirector de la antigua Dirección General de Normas y Sistemas de Calidad (Digenor), hoy Instituto Dominicano para la Calidad (Indocal).
En su gestión se aprobó una resolución con medidas de seguridad en las plantas envasadoras de Gas Licuado de Petróleo (GLP) para seguir operando dentro de las normativas.
¿Se está cumpliendo con el reglamento de la Digenor relativo a los requisitos de seguridad por parte de las estaciones de expendio de gas licuado de petróleo?
Desde que presentamos en el 2010, como titular de la antigua Digenor, los hallazgos de nuestro estudio sobre el cumplimiento de los requisitos de seguridad por parte de esos establecimientos, es muy poco lo que se ha avanzado. Justo es reconocer que dos o tres grandes empresas han instalado sistemas muy confiables de seguridad, de hecho conformes con los mejores estándares internacionales.
Pero el problema se reproduce bajo la misma modalidad: existen las normas y reglamentos técnicos, ajustados en función de requerimientos internacionales, pero no se hacen cumplir con la eficacia, responsabilidad, transparencia y continuidad que el caso amerita.
Con la aprobación de la Ley 166-12 que crea el Sidocal, el Instituto Dominicano para la Calidad está facultado para certificar el cumplimiento de las normas y reglamentos, pero no es una entidad punitiva. De conformidad con esa misma ley, es a ProConsumidor y a los ministerios y sus dependencias de fiscalización a quienes corresponde establecer la conformidad con los requisitos reglamentarios vinculados con la salud y seguridad de las personas y propiedades.
En definitiva, son muy pocas las plantas que pueden exhibir certificados confiables de cumplimiento de requisitos de seguridad y son muchas las que no entienden la importancia de tenerlos, o las que en absoluto no les interesa invertir en tales sistemas dado el nulo o deficiente nivel de exigencia de las autoridades competentes.
¿Cuál es la situación con los tanques de almacenamiento de GLP?
Lo primero es que todos los tanques en utilización deben exhibir certificados de pruebas hidrostáticas, con un período de validez no menor de un año. Lo segundo, es que en los tanques destinados al almacenamiento de GLP debe figurar un sello (preferiblemente metálico) de conformidad emitido por las autoridades, es decir, una certificación de que ese tipo de infraestructura es apta para contener la cantidad del combustible para la cual fue diseñado, además de que las válvulas y otros dispositivos conexos están en excelentes condiciones.
Finalmente, no deben comprarse en el exterior tanques de este tipo usados; deben ser nuevos y venir acompañados de una certificación del país de origen. La misma movilidad por carreteras y el mismo acceso a las terminales de descarga del combustible están sujetos a rigurosos requisitos de seguridad.
Nada de eso se hace. Observamos cómo en la avenida España, por ejemplo, los tanqueros cargados pasan por la avenida a velocidades excesivas, ante la indiferencia de las autoridades.
Como dije hace seis años: somos dichosos de que no ocurran catástrofes peores y con mayor frecuencia. Lo mismo vale para los tanques pequeños en los medios de transporte. ¿Quién regula eso? ¿Quién autoriza el montaje, la funcionalidad segura, quién acredita los talleres donde se instalan?
¿Por qué entiende que ocurren estos tipos de accidentes, de explosión en plantas de GLP?
Los factores pueden ser diversos. Todos se pueden resumir en dos: irrespeto a los requisitos normativos y reglamentarios, y muchas veces un entrenamiento harto deficiente del personal involucrado en lo concerniente a la custodia de los tanques o del funcionamiento seguro de la estación, así como de los procesos relativos a la descarga y despacho a todo público del GLP.
Repito, es innegociable la exigencia de instalación adecuada de válvulas de cierre de emergencia, red de aspersores y mangueras contra incendios, pruebas hidrostáticas e inspección regular de los tanques activos y válvulas internas, de exceso de flujo, alivio de presión y de no retroceso, además de la disponibilidad de manuales de operaciones y de seguridad debidamente revisados y autorizados por la autoridad competente.
Exigencias similares tocan el tema de la caseta de expendio del combustible, aunque el elemento crítico aquí es el entrenamiento y certificación del personal en funciones, el cual debe contratarse con la conciencia de que no va a vender plátanos.
En el caso de las estaciones instaladas en lugares lejanos de viviendas y a las que luego les construyen estas cerca, ¿qué procede?
Eso ha ocurrido con una gran parte de las estaciones existentes en las dos grandes ciudades del país. Pueden visualizarse dos escenarios: si alrededor de la estación existe una gran aglomeración de personas y viviendas, está en la curva de alguna vía, hay escuelas u hospitales en las cercanías y el tránsito de personas y medios de transporte es muy intenso, procede su traslado a otro lugar; segundo, aun existiendo las características agravantes en términos de seguridad señaladas, siempre es factible reforzar y hacer cumplir las medidas de seguridad, construir muros de contención de concreto armado, aislar debidamente los exteriores de tales estaciones.
En ningún caso debería permitirse la instalación de negocios de diversión en el territorio de esas estaciones, como vemos en la actualidad. Por otro lado, hemos sido testigos de autorización de nuevas estaciones en violación de lo que manda la ley, es decir, en áreas muy urbanizadas y muy próximas las unas de las otras, reproduciendo el problema que presentan las que han sido “arropadas” por el proceso natural de urbanización.