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Consejo de Seguridad Social incrementa el subsidio por lactancia a recién nacidos

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Consejo de Seguridad Social incrementa el subsidio por lactancia a recién nacidos

SANTO DOMINGO. El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) anunció la aprobación de una iniciativa que incrementa el monto de dinero que reciben por subsidio a la lactancia, las madres trabajadoras afiliadas al Régimen Contributivo del Sistema Dominicano de Seguridad Social que dan a luz.

La ministra de Trabajo y presidenta del CNSS, Maritza Hernández informó que la modificación al artículo 14 del Reglamento sobre Subsidio por Maternidad y Subsidio por Lactancia permitirá que las trabajadoras con salarios cotizables hasta el tope de un (1) salario mínimo nacional, reciban un subsidio correspondiente al 33 por ciento de su sueldo mensual cotizable.

Precisó también, que las mujeres con salarios cotizables hasta el tope de dos (2) salarios mínimos nacional, tendrán subsidios correspondientes al 12 por ciento de su sueldo mensual cotizable, además, las empleadas con un tope de salario hasta un tres (3) mínimo nacional, le serán otorgados subsidios de un 6 por ciento, de su sueldo mensual cotizable.

Sostuvo que la iniciativa que fue presentada por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) se convierte en un alivio financiero a estas familias, por cuanto, una madre que gane un salario de 12,000 pesos recibiría 3,960 pesos de subsidio, durante el primer año de vida del niño o la niña para soportar su alimentación.

La funcionaria señaló que la SILSALRIL determinará el salario mensual cotizable de la trabajadora, tomando como base su última cotización correspondiente al mes inmediatamente anterior al inicio del subsidio. El cálculo del salario mensual cotizable se hará conforme a lo previsto en las normas vigentes en la materia para fines de pago de las contribuciones al Seguro Familiar de Salud.

Maritza Hernández indicó que la Resolución No.378-04 entrará en vigencia a partir del día primero (1) de diciembre del presente año. La misma deroga la disposición No.185-01 del 14/07/2008 en lo que concierne a la disposición y cualquier resolución o normativa dictada por el Consejo Nacional de la Seguridad Social, en todos los aspectos que le sean contrarios.

Condiciones para recibir el subsidio

La trabajadora debe estar afiliada al Régimen Contributivo del Sistema Dominicano de Seguridad Social y estar activa en nómina. Debe acreditar un período mínimo de cotización de ocho (8) meses, comprendidos en los doce (12) meses anteriores a la fecha de su alumbramiento o inicio de licencia (lo que ocurra primero).

No ejecutar trabajo remunerado durante el período de Descanso por Maternidad o Licencia Pre y Post Natal.

El subsidio por lactancia es el pago en dinero para los hijos menores de un (1) año de las trabajadoras afiliadas al Régimen Contributivo que perciban un salario menor o igual a tres (3) salarios mínimos nacionales, equivalente a RD$ 29,565.00. A partir del 1º de octubre de 2015 el salario mínimo cotizable es de RD$ 9,855.00, en las condiciones y formas que para tales fines se establecen en el Reglamento sobre Subsidio por Maternidad y Subsidio por Lactancia y su modificación.

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