Desde el martes 7 estarán prohibidas las inauguraciones de obras públicas
La medida fue adoptada por la Junta Central Electoral en cumplimiento de la Ley Electoral
La Junta Central Electoral (JCE) advirtió que estará dando estricto cumplimiento a las disposiciones legales que prohíben durante los 40 días previos a las elecciones la realización de actos inaugurales de obras públicas por el gobierno central y las alcaldías.
El organismo de elecciones estableció que de conformidad con el artículo 196 párrafo IV de la Ley 15-19 de Régimen Electoral el gobierno central, las entidades públicas descentralizadas y las alcaldías deberán abstenerse de realizar programas de apoyo social o comunitario extraordinario a partir del martes 7 de enero.
Aduce además que el 17 de este mes de enero es la fecha límite para las creaciones, traslados o fusiones de colegios electorales, así como para la escogencia de los locales donde funcionarán los colegios electorales.
“La Junta Central Electoral tiene a bien informar a los partidos, agrupaciones, movimientos políticos y a la ciudadanía en general, que, de conformidad con el contenido de la Ley Orgánica de Régimen Electoral 15-19 y el Calendario de Actividades Administrativas y plazos legales 2020, durante el mes de enero de 2020 se estará dando estricto cumplimiento a las disposiciones relativas a las elecciones municipales”, aduce.
La disposición de la JCE está contenida en un aviso sobre cumplimiento de plazos legales, publicado este viernes en la página 12 de la edición impresa del periódico Diario Libre.
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