Plantean crear nueva clasificación de visas por categorías
Un proyecto de ley busca reformar la ley No. 875-79 como forma de actualizarla
Con el objetivo de actualizar la Ley No. 875-79 fue presentado un proyecto de ley que plantea establecer una nueva clasificación de visas por categorías no existentes en el país.
La iniciativa, que busca regular la expedición de visas, es de la autoría de la diputada de la circunscripción No.3 del Distrito Nacional, por la Fuerza del Pueblo, Lourdes Aybar.
Propone nuevas clasificaciones para visas otorgadas a turistas y tripulantes, crea visas de transito individual y grupal, por dependencia, visas temporales por dependencia, de trabajo, religioso, estudiante, de refugiado o asilado y visas especiales.
También, establece como modalidades de visas para residencias las categorías: calificado, inversionistas, como familiar de nacional dominicano, rentista y pensionado.
El proyecto de ley, presentado el pasado 8 de septiembre en la Cámara de Diputados, mantiene las clasificaciones vigentes para otorgar visas diplomática, oficial, de cortesía y negocio, que son otorgadas con entradas múltiples y por periodos de vigencia entre 60 días y un año de duración.
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Entre los cambios propuestos figura que las visas de visitantes sean categorizadas para turismo de visita, técnico y temporal. Para el turismo de visita se prevé que se pueda otorgar una visa cuya utilidad y uso de aplicación sea una entrada de 60 días y para el turismo técnico y temporal, de 60 días.
Mientras que para los tripulantes se establecen tres categorías: aéreo que tenía una entrada de 15 días, marítimo con una entrada y terrestre con entradas múltiples.
En el caso de las visas para transporte marítimo el artículo 48 del proyecto de ley establece que los tripulantes y personal extranjero de la dotación de un medio de transporte marítimo internacional que toque puerto dominicano, puede permanecer en territorio dominicano durante el tiempo que permanece en el país el medio de transporte internacional en el cual se encuentra enrolado.
Añade que durante su permanencia deberá estar provisto de su carnet de hombre de mar y su condición de tripulante enrolado en la dotación de un medio de transporte que se encuentra en puerto dominicano.
Mientras que el artículo 49 de la pieza plantea que los conductores y ayudantes del transporte terrestre deben estar provistos de su pasaporte y visado correspondiente.
El proyecto de ley contempla que el Ministerio de Relaciones Exteriores continúe teniendo la facultad del manejo, organización y control del otorgamiento de las diferentes categorías de visados para viajar al país.
Extranjeros haitianos
También, el proyecto de ley establece entre sus disposiciones transitorias que los extranjeros residentes en el área de la República de Haití limítrofe al territorio nacional en Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón y Montecristi que ingrese al país dentro del perímetro de la frontera y desarrolle actividades no laborales, dedicadas a faenas de pequeños comercios tendrá una permanencia continúa máxima de un día. Deberían regresar diariamente a su país de residencia.
Además, consigna que las empresas de transporte internacional, sus agencias o representantes deberán no vender pasajes a extranjeros ni transportarlos sin presentación de la documentación requerida por la Dirección General de Migración, debidamente visados cuando corresponda.
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