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Tribunal Constitucional se reserva fallo sobre acciones en contra de las audiencias virtuales

Poder Judicial pide inadmisibilidad de los recursos por considerar que están fundamentados en motivos ajenos al control constitucional

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Tribunal Constitucional se reserva fallo sobre acciones en contra de las audiencias virtuales
Milton Ray Guevara, presidente del Tribunal Constitucional. (DIARIO LIBRE)

El Tribunal Constitucional (TC) dejó en estado de fallo dos recursos interpuestos contra autos del Poder Judicial que establecen los protocolos para el manejo de las audiencias virtuales implementadas a raíz de la pandemia del COVID-19.

Los recursos fueron interpuestos por los abogados Jorge Lora Castillo y Jorge Lora Olivares, así como la Fundación Global Justicia Social, en contra de las resoluciones 006-2020, con la que el Poder Judicial declaró las normas y principios del servicio judicial, así como la 007-2020 que dicta el protocolo para las audiencias virtuales, ambos actos del pasado 2 de junio del año 2020.

Entienden los abogados que la decisión viola del debido proceso de ley al ser contrario a varios de los artículos de la Constitución, entre los que citan el 39, 69 y varios de sus numerales.

El Poder Judicial, que se hizo representar en la audiencia por el abogado Luis José Rodríguez, quien pidió declarar inadmisible la acción “por no cumplir con los requisitos mínimos de claridad, certeza, especificidad y pertinencia exigidos por el tribunal”.

De manera subsidiaria, también pide declarar la inadmisibilidad de los recursos “por fundamentarse en motivos de mera legalidad que resultan impertinentes y ajenos al objeto de control procesal constitucionalidad”.

En ambas instancias, el Ministerio Público, representado por el procurador adjunto Emilio Rodríguez, dejó a criterio del tribunal la decisión respecto a los recursos.

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Es periodista en Diario Libre.