Qué difícil aceptar que las mujeres nacemos iguales
Érase una vez un país que en el 2010 aprobó una constitución que afirma en su artículo 42, acápite 2: "se condena la violencia intrafamiliar y de género en cualquiera de sus formas. El Estado garantizará mediante ley la adopción de medidas necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer". Muy a pesar de esto, nuestra honorable Cámara de Diputados/as, se despacha con la aprobación en primera lectura un Código Penal con disposiciones que niegan derechos adquiridos.
En el 1999, una Comisión nombrada por Decreto terminó una propuesta de reforma al Código Penal dominicano. Esta propuesta fue analizada desde la perspectiva de género en el marco de la Coalición por un Código Penal Moderno y Consensuado; y se encontraron graves carencias en relación a los derechos humanos de las mujeres. La Coalición presentó un documento proponiendo enmiendas, pero estas sugerencias no fueron tomadas en cuenta. Luego de toda la lucha librada para la definición del derecho a la vida en la Constitución, me quedó muy claro a quiénes escuchan en el Congreso; así que no es sorpresa que estas consideraciones fuesen ignoradas.
En este intento de reformar el Código Penal que ya va para 13 años, es como si estuviésemos dentro de una película de terror. Parece un plan muy bien orquestado en detrimento de las mujeres y de lo logrado en la ley 24-97, contra la Violencia Doméstica o Intrafamiliar y Sexual. Y a mí que me surgen siempre mil preguntas, pienso ¿será que el machismo sigue siendo la ideología dominante en el Congreso dominicano y se empeña en colocar en la ilegalidad los derechos de las mujeres por la vía del código penal? Busquemos la respuesta no puede haber engaño.
En el 2006, se aprobó un proyecto y fue remitido al Poder Ejecutivo, y el Ministerio de la Mujer, Organizaciones Internacionales, las mujeres organizadas, profesionales del derecho, mujeres comunitarias, reaccionaron ante el proyecto y solicitaron al Presidente de la República observar la pieza para que fuera devuelta a la Cámara de Diputados y Diputadas a fines de revisión.
Cabría destacar, para los que cuando se habla de feminismo tiemblan (por no querer entender que feminismo se basa en la igualdad y la solidaridad, y en consecuencia no es igual al machismo que centra la vida en lo masculino y considera al hombre el centro del universo), que hubo reacciones de instancias tales como el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI), y la Coalición de ONG por la Infancia que señalaron el irrespeto a los derechos humanos de los Niños, Niñas y Adolescentes, por la permanencia del artículo que permite el matrimonio de la menor de edad con el adulto que la embaraza al entender que tal acto consiste en una violación sexual.
También opinaron los gremios de los profesionales de la salud como la Asociación de Ginecología y Obstetricia, el Colegio Médico Dominicano y la Asociación de Dueños de Clínicas quienes se oponían a las severas sanciones impuestas a médicos-as y personal de la salud por prácticas de abortos, en cualquier circunstancia.
El entonces Presidente de la República, Doctor Leonel Fernández, observó el anteproyecto advirtiendo sobre la desnaturalización y/o abandono de previsiones establecidas en la Ley 24-97, y realizando un llamado a observar los compromisos internacionales asumidos por el Estado para garantizar los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes y la necesidad de incorporar figuras que repriman más eficazmente la explotación sexual comercial, la intermediación de la explotación sexual infantil, la pornografía y el espectáculo sexual en perjuicio de ésta población. Además observó la limitación de incriminar el Genocidio y otras infracciones de Lesa Humanidad.
Ahora en este octubre, la Cámara de Diputados se "despacha" aprobando en primera lectura un adefesio inconstitucional y atentatorio a los derechos humanos de las mujeres.
El Foro Feminista, en un documento de denuncia que ha puesto a circular a este propósito expresa entre otros asuntos, que: el texto aprobado contiene artículos que representan retroceso y negación de derechos fundamentales de las mujeres, derechos que ya forman parte de nuestro ordenamiento jurídico. Ningún Estado que se precie de Democrático de Derecho, comprometido con la progresividad de los derechos humanos, puede permitirse echar para atrás en el reconocimiento y protección de derechos.
Esta modificación elimina la violencia contra la mujer como figura legal, junto a su definición y sanciones, según lo contempla la Ley 24-97 que modificó el Código Penal vigente. Reduce las penas por incesto. Elimina las terapias para hombres agresores como medidas accesorias a la sanción. Elimina la sanción a la violencia sexual hecha por la pareja. El feminicidio y sus manifestaciones no están suficientemente claros, define feminicidio en un término confuso cuya aplicación promovería la impunidad por la falta de precisión. El concierto de infracciones y el cúmulo de pena no están previstos en casos de tortura y muerte de una persona o violación y tortura. Penaliza el aborto en todas las circunstancias. Reducen la violencia a daños corporales al eliminar la palabra daños sicológicos o físicos en la definición de violencia intrafamiliar y en las sanciones y agravantes.
¿Qué nos pasa? ¿Qué somos? ¿Hacia dónde vamos? ¿Permitiremos que un grupo de legisladores (en algunos casos con denuncias por abuso contra sus parejas y sus familias), apoyados en la indiferencia o el miedo de otros-as nos impongan su irresponsabilidad al legislar? Como habrán notado, el enojo y la indignación están presentes en este artículo; pero también está presente la legitimidad de la denuncia sobre la intensión de vulnerar una vez más los derechos de las mujeres. Que no nos arrebaten la democracia, exijamos que no se vulnere el bloque de constitucionalidad. Si nos escandaliza la violencia, actuemos en consecuencia. Es bueno lo que queremos las mujeres: respeto, igualdad, equidad, dignidad ¿alguien lo puede poner en duda?