Suprema Corte de Justicia dispone seguir proceso Bahía de las Águilas
La SCJ declaró nula la extinción de la acción penal
SANTO DOMINGO. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia dispuso continuar el proceso penal en contra del ex director del Instituto Agrario Dominicano (IAD), Jaime Rodríguez Guzmán, y los demás acusados de alegadamente expropiar miles de terrenos del Estado pertenecientes al parque nacional Bahía de las Águilas.
El tribunal acogió un recurso de casación incoado por la fiscal Yeni Berenice Reynoso, en contra de la sentencia de extinción de la acción penal, dictada por el Segundo Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, el 8 de octubre del 2012.
En consecuencia, declaró la nulidad de la decisión y ordenó el envío del expediente por ante la presidencia del juzgado de primera instancia, para que aleatoriamente asigne a un tribunal colegiado, distinto al que emitió la sentencia, para continuar el proceso.
Los jueces Miriam Germán Brito, presidenta, Alejandro Moscoso Segarra, Frank Soto Sánchez y Juan Hirohito Reyes consideraron que el Segundo Tribunal Colegiado declaró la extinción por prescripción de la acción penal en contra de Rodríguez Guzmán, su esposa Reyna Margarita Martínez y su hermano Rafael Rodríguez Guzmán, en el entendido de que al tener el expediente más de 15 años sin que se haya reformulado la acusación ni dictado una sentencia al fondo, ha sobrepasado considerablemente el plazo máximo de duración del proceso.
Consideran que de los legajos del caso, se observa que del 1997 al 2004, reposan actos interruptivos de prescripción, consistentes en distintas acciones de persecución, así como en la providencia calificativa, auto de no ha lugar, extinción de la acción pública y desglose de expediente, lo cual de conformidad con la legislación hasta entonces vigente, interrumpía la prescripción.
Plantea que resulta improcedente y sobre abundante hablar de reformulación de la acusación, cuando el propósito de este es colocar al imputado en condición de defenderse.
También que con relación al proceso, los imputados sabían de manera sobrada cuáles hechos pesaban en su contra, así como los medios de pruebas que lo sustentaban y su calificación jurídica.
El tribunal entiende que la no reformulación de la acusación no implica una vulneración de derechos fundamentales, específicamente el del debido proceso de ley.
Al ser admitida la acusación formulada por el Ministerio Público, el 15 de septiembre de 2010, dice que se interrumpió con el plazo o período de declaratoria de prescripción, "puesto que no se verifica que entre la fecha citada y la sentencia hoy impugnada transcurriera el plazo máximo de duración del proceso".
La fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, dice que siente mucha satisfacción por la decisión de la SCJ.
Dijo que la apena que un caso de una estafa millonaria en contra del Estado quedara en esa circunstancia.
Hay másLa Fiscal del Distrito advirtió que entre 15 y 20 personas serán incluidas en una acusación nueva que será presentada en los próximos días.
Adelantó que fueron personas declaradas prófugas, pero que "realmente no entendemos ese concepto de prófuga, cuando todo el mundo sabe donde estaban".
"Hay muchas más personas que tienen que ser procesadas y que hemos estado investigando en estos días".